MOTIVACIÓN

lunes, 3 de octubre de 2016

FEMICIDIO





Se considera al femicidio como "El asesinato de mujeres como resultado extremo de la violencia de género, y que comprende aquellas muertes de mujeres a manos de sus parejas o ex parejas o familiares, etc.”, así lo manifiesta la Dra. Teresa Peramato.Teniendo como antecedente a la legislación ecuatoriana: El Código Orgánico Integral Penal describe: “La persona que como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, de muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de 22 a 26 años”, 

Cabe destacar que existen circunstancias agravantes de este tipo penal delictual por lo que se impondrá el máximo de la pena y que el COIP así lo establece. La  Constitución de la República del Ecuador expresa una vida libre de violencia en el ámbito público y privado, por lo que el Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia en especial la ejercida contra las mujeres, niños y adolescentes, cabe destacar que se prohíbe toda forma de discriminación, acoso, o acto de violencia de cualquier índole, sea directa o indirectamente. 

Cabe mencionar que la La tipificación de este delito obedece a la obligación de los Estados de adecuar sus legislaciones. Con la aprobación de estas leyes los países se proponen desarrollar una política criminal con perspectiva de género que fortalezca las estrategias de persecución y sanción de los responsables de los hechos de violencia contra las mujeres y, garantizar la reparación y compensación de las víctimas. El objetivo es reducir la impunidad de manera que la justicia penal cumpla con su función de prevención especial y general de la criminalidad, así lo establece Nadine Gasman (ONU).Argentina, Bolivia, Chile, México, Perú han incorporado en sus respectivas legislaciones este tipo penal 

El Femicidio se implementó con la finalidad de proteger el derecho de las mujeres y con ello proteger de cualquier tipo de violencia. En Ecuador han existido 45 casos, en lo que las edades de las víctimas oscilan los 15 a 49 años, en ciertos casos se ha extinguido la acción penal por el suicidio de los criminales. Con todo lo expuesto surge una interrogante ¿Qué está sucediendo con nuestra sociedad? ¿Por qué una discusión puede llegar a los actos de violencia, inclusive llegar hasta la muerte?, dejemos este espacio de reflexión y saquemos nuestras conclusiones. 

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