La silla vacía es un mecanismo de
vital aporte en lo que respecta a los Gobiernos Autónomos Descentralizados por
que fomenta la participación ciudadana y con ello se vincula a la ciudadanía en
formar parte de las sesiones de los GADS. Cabe mencionar que con ello expondrán
sus argumentos respectivos y llevar a la ejecución por medio de una ordenanza. Proyectos
que se pueden tener en consideración son: Movilidad, ambiente, salud, uso de
suelo, habitad y espacio público, energía eléctrica, recursos naturales, etc. La
persona a intervenir en la silla vacía tiene que poseer conocimiento y trayectoria
en el tema a tratarse. Y a su vez participará con voz y voto. Por lo que se
entiende como Ordenanza, una disposición legal para regular la competencia del
GAD Municipal del respectivo cantón.
Por ejemplo: Si se va a discutir un tema
de infraestructura lo idóneo sería que asista un Ingeniero o un Arquitecto. Con
ello la ciudadanía adquiere su derecho de participar en la toma de decisiones. También
se incentivará a los habitantes de asumir de manera responsable el derecho a
involucrarse en la gestión local y la búsqueda de soluciones a sus problemas
que enfrenta determinado cantón. La Constitución de la República del Ecuador
menciona en el artículo 101: “Las sesiones de los GADS serán públicas, y en
ellas existirá la silla vacía que ocupará un representante en función de los
temas a tratarse, con el propósito de participar en su debate y en el tema de
las decisiones”
La ley orgánica de participación
ciudadana menciona lo siguiente: “En las asambleas locales, cabildos
populares o audiencias públicas, se determinará la persona que deberá
intervenir en la sesión de acuerdo con el tema de interés de la comunidad,
quien se acreditará respectivamente y su participación en la sesión se sujetará
a la ley, ordenanzas y reglamentos de los gobiernos autónomos
descentralizados”.
Además mencionar que la ordenanza
es una norma jurídica pero se encuentra subordinada a la ley. Teniendo en consideración
a la jerarquía Constitucional que primero está la Constitución con respecto al
ordenamiento jurídico ecuatoriano, además la ordenanza pretende regular las
competencias de los Gads, teniendo en consideración a la actividad turística,
educativo- cultural, artesanal, agropecuario, etc.
Quién participe en la silla vacía
“será” responsable administrativa, civil o de carácter penal. Es decir solo
tiene que sujetarse a los planteamientos expuestos a debatirse sin salir del
tema expuesto para no estar inmerso en alguna sanción. Teniendo en consideración
al GADM del Cantón Penipe de la Administración del Tlgo. Robin Velastegui la
silla vacía se creó mediante Ordenanza de fecha 29 de Septiembre del año 2015 en
el que conforma y regula el sistema de participación ciudadana y control social,
en el que uno de sus Objetivos principales es de: Fomentar el interés de los ciudadanas a participar en el desarrollo
económico, social, político, deportivo, cultural e institucional, con el fin de
alcanzar el bienestar de sus habitantes.
De esa manera su vital aporte porque coadyuva
a la integración de sus ciudadanos en exponer sus argumentos con los temas a
plantearse. cabe destacar que no solamente se queda en la ley o en alguna ordenanza con respecto a la Silla Vacia porque se plasma en la realidad se tenga un referente con respecto a la participación ciudadana
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