El patrimonio cultural se considera como la herencia del tipo cultural que
corresponde al pasado de una comunidad, un pueblo, una nación. Es
por ello que se crea la Ley de Patrimonio Cultural publicada en el Registro Oficial del año 2004, y que hace constar exclusivamente todos aquellos bienes considerados como
patrimonio. Al patrimonio cultural lo abarca en las siguientes categorías, Patrimonio
cultural material, Patrimonio
cultural mueble (pinturas, esculturas, manuscritos, etc) Patrimonio cultural inmueble,
(monumentos, sitios arqueológicos, etc) Patrimonio
cultural inmaterial (artes de espectáculo, rituales, etc).
El patrimonio cultural
de una nación comprende todos aquellos bienes que son expresiones y testimonios
de la creación humana, propias de ese país, que le confiere una identidad
determinada, bienes que pueden ser propiedad pública y estar administrados por
las distintas entidades que conforman al Estado, ya por haber sido heredada, y
por otras formas de adquisición de dominio. Fuente
UNESCO.
Teniendo como relación
a las conferencias realizadas en Quito sobre Vivienda y Desarrollo Urbano
Sostenible, denominado “HABITAD III” en el que se trata exclusivamente sobre el
aprovechamiento del Patrimonio Cultural cuyo propósito en de reforzar el compromiso global a favor
del desarrollo urbano sostenible con una Nueva Agenda Urbana para el siglo XXI.
El patrimonio cultural tiene una clara función social y una de sus
manifestaciones, el patrimonio urbano que mayoritariamente está constituido por
bienes inmuebles es usualmente objeto de condiciones especiales de uso
establecidas por el Estado.
Además se centra en los
siguientes fundamentales: La regeneración basada en la cultura, la conservación
del patrimonio urbano, paisaje urbano, las industrias culturales y creativas,
los valores culturales, la diversidad cultural, la economía creativa, el
desarrollo inclusivo, la cohesión social, el derecho a la herencia cultural, la
densidad, de uso mixto, la gobernanza territorial estratégica (Fuente Unesco)
además señala que existen amenazas
a la cultura y el patrimonio urbano que han aumentado significativamente en los
últimos 20 años. Con las crecientes presiones de la urbanización, el patrimonio
urbano se enfrenta a los problemas de conservación y salvaguardia graves. Los
daños resultantes de situaciones de conflicto se han convertido en una cuestión
importante y que Las autoridades municipales se han convertido en actores clave
de la gobernanza urbana basada en la cultura.
Además en las
conferencias del Habitad III tiene como relación a la cultura Urbana y Patrimonio
en el que trata lo referente sobre: la crisis urbana, ya que exige nuevos
modelos de desarrollo urbano y un crecimiento urbano sin precedentes. Además
manifiesta. Que en las últimas décadas se establece nuevos retos para las
ciudades para garantizar el acceso equitativo a los puestos de trabajo y los
servicios básicos - la vivienda, el saneamiento, el transporte, fomentar la
inclusión social y hacer frente a las desigualdades.
El Código Orgánico Integral Penal describe como el delito al derecho a la Cultura en el que establece variantes en relación a las penas: Ejemplo: La persona que dañe, deteriore, destruya total o parcialmente bienes pertenecientes al patrimonio cultural del Estado será sancionado con pena privativa de libertad de 1 a 3 años. Está inmerso el transporte y comercialización ilícita y tráfico de bienes del patrimonio cultural así como la sustracción de bienes del patrimonio cultural. El art. 379 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: Los bienes culturales patrimoniales del Estado (en posesión del Estado) son inalienables, inembargables e imprescriptibles, por lo tanto no son objetos de comercio. Los bienes culturales patrimoniales (en posesión de particulares y no del Estado) pueden ser comercializados. El Estado puede adquirir bienes culturales patrimoniales de propiedad de particulares por cualquier forma de adquisición legalmente prevista, en todo caso, tendrá una posición preferente. (Sentencia Corte Constitucional. Caso Nro. 0007-09-IC)
Cabe recalar que sobre los temas tratados se destaca al Patrimonio Urbano y que comprende elementos urbanos (morfología
urbana y la forma construida, espacios abiertos y verdes, infraestructura
urbana), elementos arquitectónicos (monumentos, edificios) y elementos
intangibles.
De todo lo acontecido sobre el Patrimonio Cultural asi como las conferencias realizadas sea de valioso aporte para el Estado ecuatoriano y sea beneficioso para todos sus habitantes y de esa manera coadyuvar al desarrollo y progreso
No hay comentarios:
Publicar un comentario