Con fecha 28 de Febrero del 2016
se aprobó por la Función Legislativa la Ley Orgánica para la Promoción del
Trabajo Juvenil, Regulación Excepcional de la Jornada de Trabajo, Cesantía y
Seguro de Desempleo, en el que básicamente la Constitución de la República del
Ecuador en el artículo. 33 señala que: El trabajo es un derecho y un deber
social, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado
garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad,
remuneraciones y retribuciones justas.
Cabe destacar que el artículo 38
de la referida Constitución dispone que el Estado garantizará los derechos de
los jóvenes, y promoverá su efectivo ejercicio a través de políticas y
programas, instituciones y recursos que aseguren y mantengan de modo permanente
su participación e inclusión en todos los ámbitos. El Estado fomentará su
incorporación al trabajo en condiciones justas y dignas, con énfasis en la
capacitación, la garantía de acceso al primer empleo y la promoción de sus
habilidades de emprendimiento
La presente ley menciona al
Contrato del Trabajo Juvenil y tiene como referencia que el contrato de trabajo
es el convenio por el cual se vincula laboralmente a una persona joven
comprendida entre los 18 y 26 años de edad, con la finalidad de garantizar el
acceso al primer empleo y la promoción de sus habilidades y conocimientos.
En la ley se incluye la pensión
de pasantías por una duración de seis meces y la remuneración mensual no menor
a un tercio del salario. También incluirá la jornada de 40 horas semanales los
cinco días laborables de la semana, asi como el aporte a la Seguridad Social,
es por ello su principal aporte la presente ley y con ello garantizar a los
jóvenes un espacio en el ámbito laboral dentro de determinada institución en la
que beneficiará significativamente al desarrollo de potencialidades, destrezas
y sobre todo la adquisición de conocimientos que servirán de mucha ayuda en el
diario vivir, por que con ello se forjan un futuro mejor
Cabe destacar que la Organizacion
de Naciones Unidas menciona que existen 71 millones de jóvenes desempleados en todoel mundo y que 156 millones de trabajadores jóvenes que viven en la pobreza y
considera también que el empleo juvenil sigue siendo un desafío global y una
prioridad política.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) se centra en la promoción de las oportunidades de las jóvenes y los jóvenes para obtener un trabajo decente y productivo en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y dignidad humana
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